martes, 24 de abril de 2012

Protocolo para Notificación de Resultados Positivos de Pruebas de Anticuerpos para el VIH en Mérida, Venezuela.


En Venezuela, como en todos los países del mundo, existe legislación para la notificación obligatoria ante las autoridades de salud de aquellas enfermedades que implican riesgo epidemiológico y que ameritan medidas especiales de manejo y control. Desde 1987 en nuestro país, los casos diagnosticados de VIH/SIDA, y más aún, los resultados positivos de pruebas de anticuerpos para VIH son de notificación obligatoria.

 En Venezuela, el programa nacional de VIH/sida del MPPS es el encargado de velar y de regir todo lo concerniente a la epidemia de VIH/sida, garantizando el acceso al diagnóstico, al tratamiento antirretroviral y al manejo asistencial de toda la población afectada.

 Para recibir el tratamiento antirretroviral y la asistencia médica especializada, las personas con VIH/sida tienen que ingresar obligatoriamente al programa nacional/regional de VIH/sida, es decir, los tratamientos antiretrovirales específicos y el manejo clínico NO ESTÁN disponibles en farmacias comerciales ni en redes privadas de salud, respectivamente.

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